miércoles, 3 de septiembre de 2014

CORTE CONSTITUCIONAL ORDENA RESTITUIR CORRIDAS DE TOROS EN BOGOTÁ

SI! A las Corridas de Toros!
Fuente: EL COLOMBIANO
La Corte Constitucional falló una tutela a favor de la Corporación Taurina de Bogotá contra la decisión del alcalde Gustavo Petro, que dio por terminado mediante decreto, las corridas de toros en Bogotá y no renovar el contrato de arrendamiento de la plaza de la Santa María. 
La tutela había sido interpuesta por el presidente de la Corporación, Felipe Negret, en la que se resaltan aspectos como la violación al debido proceso, por terminar de forma unilateral el contrato de arrendamiento de la plaza que estaba firmado hasta 2015. 
La Corte tuteló los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y a la libre expresión artística, invocados por la Corporación Taurina de Bogotá y se ordenó “restituir de manera inmediata la Plaza de Toros de Santa María como plaza de toros permanente para la realización de espectáculos taurinos y la preservación de la cultura taurina”. 
De acuerdo con la decisión de la Corte, esto no impide que se realice en dicha plaza otras actividades culturales o recreativas “siempre que éstas no alteren su destinación principal y tradicional, legalmente reconocida, como escenario taurino de primera categoría de conformidad con la Ley 916 de 2004”. 
En Sala de Revisión de tutelas compuesta por los magistrados Mauricio González Cuervo, Luis Guillermo Guerrero y Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, la Corte indicó que se trata de una “expresión de la diversidad cultural y el pluralismo social”, por lo que la Plaza debe restituirse en plenas condiciones, “en garantía de la salubridad, la seguridad y la tranquilidad de las personas que utilicen dichos escenarios para realizar su expresión artística o para disfrutarla”. 
Igualmente, se deja en claro que las autoridades se deben abstener de “adelantar cualquier tipo de actuación administrativa que obstruya, impida o dilate su restablecimiento como recinto del espectáculo taurino en Bogotá D.C.”. 
En ese sentido, la llamada ‘Fiesta Brava’ volverá a la ciudad en las fechas u ocasiones usuales, incluyendo la temporada regular en los primeros meses del año, así como el Festival de Verano en el mes de agosto. 
Para poner en marcha todas las ordenes de las Corte, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, IDRD, tiene seis meses.
"Una expresión artística"
En el fallo de tutela, la Sala de Revisión reiteró que la tauromaquia es una expresión artística del ser humano, según lo dispuso el artículo primero de la Ley 916 de 2004. Este fue luego avalado por la Corte en la sentencia C-666 de 2010, que permitió la realización del espectáculo taurino como expresión cultural en lugares donde tuviera reconocido arraigo social.
En su decisión, la Corte señaló que en efecto hubo una vulneración del derecho a la libre expresión artística de la Corporación Taurina de Bogotá, en su faceta de difusión, porque la autoridad administrativa “intervino indebidamente el contenido de la expresión artística y cultural a realizarse en la Plaza de Toros de Bogotá, cuyo suceso correspondía garantizar a la Corporación como organizador del espectáculo y responsable del mismo ante el público; (ii) coartó injustificadamente el derecho de la CTB a la promoción y difusión de un espectáculo protegido como expresión artística y manifestación cultural; y (iii) actuó en ausencia de autorización legislativa previa para imponer limitaciones a la difusión de la forma expresiva taurina”.
El alcalde Petro había manifestado en entrevistas anteriores que prefería irse del cargo antes de reabrir la plaza de toros para la realización de corridas y en total dos años estuvo la capital sin temporada taurina.